En este despacho de abogados de Zamora, hemos
recibido muchas consultas de personas que acaban de perder su puesto de trabajo
o que temen perderlo próximamente. ¿Qué tengo que hacer? ¿Cómo puedo calcular
mi indemnización? ¿Puedo reclamar de alguna manera? ¿Qué tengo que hacer? Lo que hagas en los primeros momentos puede
limitar considerablemente las posibilidades de presentar una reclamación
posterior.
El despido debe ser siempre comunicado por escrito, la empresa debe entregar
una carta en la que se indique la fecha, las causas del cese y una exposición
de hechos que lo justifiquen y una copia de esta carta para el trabajador. En
el mismo momento deben entregársele al trabajador los certificados de empresa y
de su cotización para presentarlos ante el INEM para solicitar cuanto antes la
prestación por desempleo si tuviera derecho a ella. También en este acto se
debe entregar la liquidación: las cantidades salariales no percibidas por el
tiempo trabajado a lo largo del mes, la parte proporcional de las pagas
extraordinarias, y las vacaciones no disfrutadas. También se le entregará la
cantidad que corresponda a la indemnización a la que tuviera derecho.
Cuando se va a recibir la carta de despido, el empleado puede solicitar la
presencia de un representante de los trabajadores si lo hubiere, para que
revise si toda la documentación que le están entregando es correcta. En caso de
dudas, de que la documentación sea incorrecta o de que no se esté de acuerdo
con lo expuesto en la carta, o de que se le niegue cualquier documento, puede
firmar el recibí, pero escribiendo de su puño y letra las palabras “No
conforme” antes de la rúbrica y, a continuación, dirigirse cuanto antes a un buen despacho de abogados en Zamora como el Esther Barreiros González para
iniciar las reclamaciones a las que pudiera tener derecho es primordial.