El pleno del
Consejo General del Poder Judicial ha aprobado este 13 de enero su informe al
Anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La normativa
cambiará en varios aspectos que aquí trataremos de desglosar. Si después de
leer esto te quedan dudas, en mi despacho
de abogados en Zamora
estaré para resolverlas.
En primer
lugar, hay que tener en cuenta la posibilidad que ahora se plantea de que los
procedimientos legales se puedan reabrir una vez agotados los plazos que marca
la ley para su instrucción. Los plazos vigentes son seis meses para las causas
ordinarias y dieciocho para las más complejas. Según el anteproyecto del Ministerio
de Justicia, los procedimientos podrán reabrirse cuando consten elementos
nuevos y determinantes de la comisión del delito.
En el despacho de Esther
Barreiros González
trataremos
de esquematizar, en las siguientes líneas, más puntos importantes a tener en
cuenta para entender los cambios que se pueden producir en la legislación
vigente. De hecho, los vocales del CGPJ
han pedido que se prorrogue el plazo máximo
de la instrucción ordinaria. Dicen también que, aunque el Anteproyecto del
departamento que dirige Rafael Catalá establece que esta petición es cometido
del fiscal, las partes acusadoras personadas en la causa también deberían poder
hacerlo.
En mi despacho de abogados en Zamora
trataré de orientarte sobre las implicaciones que
puede tener otro de los puntos más destacados del Anteproyecto. El texto
remitido por el Gobierno al CGPJ contempla que, si se considera urgente y para
investigar delitos terroristas o contra menores, se puedan intervenir las
comunicaciones. Para ello bastaría con una orden del Ministerio del Interior o
del secretario de Estado de Seguridad. Será el juez quien valide o anule esta
medida en un plazo de 72 horas desde su recepción.